NORMAS DE ACCESO A LA OFERTA PÚBLICA: aportes y consideraciones de la Cámara de Sociedades

La Cámara de Sociedades, en el marco de su participación en el Proceso de Elaboración Participativa de las Normas impulsado por la Comisión Nacional de Valores, acercó a dicho organismo una serie de recomendaciones surgidas del trabajo técnico conjunto entre las empresas asociadas, referidas al proyecto de Reglamentación del Régimen Diferenciado de Oferta Pública de Acciones y/o Obligaciones Negociables, destacando la gran utilidad que reviste el proyecto que fue girado a consulta. En efecto, la Cámara señaló que el mismo implica la creación de un panel intermedio entre el Régimen PYME y el Régimen General, que puede permitir que las empresas que se encuentren oportunamente listadas bajo el Régimen PYME y que tengan un crecimiento en su facturación, que no tengan que pasar directamente al Régimen General, sino que entren en un estadio intermedio con una menor carga administrativa y de costos que las del mencionado Régimen General.

Las observaciones y recomendaciones acercadas por la Cámara de Sociedades giraron en torno al encuadre de las entidades que pueden ingresar a dicho régimen, el requisito que tiene que tener la entidad que quiera ingresar al régimen, la rentabilidad neta como limitante para acceder, el grado de certeza de las obligaciones para el ingreso al régimen general de oferta pública, el alcance de la opción de prescindir del Comité de Auditoría, el proceso de retiro y sobre la restricción de efectuar nuevas emisiones de ONs, entre otras.

Las presentes observaciones y/o consideraciones respecto del texto de la propuesta de reglamentación fueron efectuadas con la finalidad de contribuir al desarrollo y al fortalecimiento del mercado de capitales local, acompañando las propuestas de la CNV lanzadas en el marco del Programa de Impulso a la Apertura del Capital (PIAC). Todo esto, en el contexto de otorgar al mercado mayor profundidad, alcance federal, integración e inclusión financiera.